Respuesta rápida: ¿se pueden proteger los bienes de Medi-Cal?
Sí, pero solo con una planificación y un momento adecuados. Esto es lo que necesita saber:
- Un living trust revocable NO protege los bienes de Medi-Cal: Medi-Cal cuenta los bienes del fideicomiso revocable como suyos
- Un fideicomiso irrevocable SÍ puede proteger los bienes, pero solo después del periodo de revisión retroactiva (look-back) de 30 meses de California
- Su casa no cuenta si planea regresar a ella (o si su cónyuge o pareja o un familiar dependiente vive allí), y después del fallecimiento Medi-Cal solo puede recuperar de su patrimonio sucesorio (probate estate) (MERP), no de los bienes en un living trust
- Las parejas casadas tienen protecciones adicionales: el cónyuge que permanece en casa conserva la casa y cuenta con asignaciones adicionales de bienes e ingresos
- El periodo de revisión retroactiva de California es de solo 30 meses: mucho más corto que los 60 meses de la mayoría de los demás estados
La clave: empiece a planificar AHORA. Una vez que necesita cuidado a largo plazo, la mayoría de las estrategias de protección de bienes llegan demasiado tarde.
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Por qué importa la protección de bienes frente a Medi-Cal en California
El cuidado a largo plazo en California está entre los más caros del país. Sin una planificación adecuada, una estancia en un asilo de ancianos puede consumir los ahorros de toda una vida en solo unos años, sin dejar nada para su cónyuge o sus hijos.
El costo del cuidado a largo plazo en California
| Tipo de cuidado | Costo mensual | Costo anual |
|---|---|---|
| Asilo de ancianos (habitación semiprivada) | $12,167 | $146,000 |
| Asilo de ancianos (habitación privada) | $15,178 | $182,135 |
| Residencia de vida asistida (Residential Care Facility) | $7,000 | $84,000 |
| Cuidador en el hogar (no médico) | $7,627 | $91,520 |
Estimaciones: medianas estatales de California a 2025 (CareScout Cost of Care Survey 2025).
Una estancia de 2.5 años a estas tarifas cuesta aproximadamente de $365,000 a $455,000: suficiente para acabar con los ahorros y el valor de la casa de muchas familias de California.
Medi-Cal (el programa de Medicaid de California) cubre la atención a largo plazo en un asilo de ancianos. Pero para calificar, debe cumplir límites estrictos de ingresos y bienes. Sin planificación, tiene dos opciones: pagar de su bolsillo hasta quedar casi en la ruina, o regalar todo y esperar no necesitar cuidado durante 30 meses.
Hay una mejor manera. Con una planificación adecuada basada en fideicomisos, puede proteger su casa y sus ahorros y aun así calificar para Medi-Cal cuando lo necesite.
Elegibilidad para Medi-Cal: límites de ingresos y bienes (2026)
Para calificar para la cobertura de cuidado a largo plazo de Medi-Cal en California, debe cumplir estos requisitos financieros:
Límites de bienes
| Situación del solicitante | Límite de bienes contables |
|---|---|
| Una persona | $130,000 |
| Cada miembro adicional del hogar (hasta 10 miembros) | Sume $65,000 |
A partir del 1 de enero de 2026, una persona sola puede tener hasta $130,000 en bienes contables y aun así calificar. Los bienes que superen el límite deben gastarse, transferirse o convertirse en bienes exentos antes de que usted califique. Está programado que el límite baje: la ley estatal ahora fija un límite más bajo de $21,000 para una persona y $31,000 para dos, más $1,550 por cada miembro adicional del hogar, para comenzar no antes del 1 de julio de 2027. Las personas ya inscritas quedarían sujetas al límite más bajo en su primera renovación anual a partir de esa fecha.
¿Qué se considera un bien "contable"?
- Cuentas bancarias (cheques, ahorros, certificados de depósito)
- Acciones, bonos, fondos mutuos
- Bienes inmuebles de inversión (propiedades de alquiler, casas de vacaciones)
- Seguro de vida con valor en efectivo (valor nominal superior a $1,500)
- Cuentas de jubilación (IRA, 401(k), salvo que estén en etapa de pagos)
- Bienes en un living trust revocable (Medi-Cal los cuenta como suyos)
- Segundos vehículos
¿Qué está exento de Medi-Cal?
- Residencia principal (su casa principal, si planea regresar a ella, o si su cónyuge o pareja o un familiar dependiente vive allí)
- Un vehículo (de cualquier valor)
- Pertenencias personales y enseres domésticos
- Plan funerario prepagado (irrevocable, de cualquier monto)
- Seguro de vida a término (sin valor en efectivo)
- Seguro de vida entera (valor nominal inferior a $1,500)
- Anillos de boda y de compromiso
⚠️ Advertencia importante: su casa está exenta, pero no está a salvo
Aunque su casa no cuenta en su contra para Medi-Cal si planea regresar a ella, o si su cónyuge o pareja o un familiar dependiente vive allí, el Programa de Recuperación Patrimonial de Medi-Cal (MERP) de California puede presentar un reclamo contra su patrimonio sucesorio (probate estate) después de su fallecimiento para recuperar lo que Medi-Cal gastó en su cuidado. Una casa que queda a su propio nombre pasa por el proceso de sucesión (probate) y está expuesta a ese reclamo.
Una estancia de 3 años en un asilo de ancianos a $146,000 por año podría significar un reclamo de MERP de $438,000 contra su patrimonio sujeto a probate. Si la casa queda a su propio nombre, sus hijos podrían tener que venderla para reembolsar a Medi-Cal.
Fideicomiso revocable vs. irrevocable: tratamiento de Medi-Cal
Aquí es donde la mayoría de las personas se confunden, y donde un mal consejo puede costarle a su familia cientos de miles de dólares.
Living trust revocable (NO protege de Medi-Cal)
Un living trust revocable estándar no le ayuda a calificar para Medi-Cal. Estas son las razones:
- Usted conserva el control total sobre los bienes del fideicomiso (puede revocar, modificar, retirar)
- Medi-Cal trata todos los bienes de un fideicomiso revocable como contables
- Su casa en un fideicomiso revocable recibe el mismo trato que una casa a su propio nombre
- La recuperación patrimonial es una cuestión aparte: para fallecimientos ocurridos a partir del 1 de enero de 2017, MERP recupera solo del patrimonio sucesorio (probate estate), y los bienes en un living trust quedan fuera de él
Sin embargo, un living trust revocable sigue siendo esencial para todo plan patrimonial en California porque:
- Evita el proceso de sucesión (probate) ($26,000 en honorarios legales del abogado y del albacea fijados por ley en un patrimonio de $500,000)
- Brinda protección en caso de incapacidad
- Permite una administración continua de los bienes si usted queda incapacitado para manejar sus asuntos
- Sirve de base para una planificación de Medi-Cal más avanzada
Fideicomiso irrevocable (SÍ puede proteger de Medi-Cal)
Un fideicomiso irrevocable saca los bienes de su control, y por lo tanto del alcance de Medi-Cal, después del periodo de revisión retroactiva. Así funciona:
- Usted transfiere bienes a un fideicomiso irrevocable
- Usted no puede revocar, modificar ni retirar bienes del fideicomiso
- Después de 30 meses, los bienes ya no son contables para Medi-Cal
- Por lo general, MERP no puede recuperar de fideicomisos irrevocables debidamente estructurados
- El fideicomiso lo administra un fiduciario (puede ser su hijo adulto u otra persona de confianza)
| Característica | Fideicomiso revocable | Fideicomiso irrevocable |
|---|---|---|
| Evita el probate | ✅ Sí | ✅ Sí |
| Protección en caso de incapacidad | ✅ Sí | ✅ Sí |
| Usted conserva el control | ✅ Sí | ❌ No |
| Protege de Medi-Cal | ❌ No | ✅ Después de 30 meses |
| Protege de MERP | ✅ Sí (fuera del patrimonio sucesorio) | ✅ Sí |
| Se puede cambiar | ✅ En cualquier momento | ❌ Muy limitado |
| Ideal para | Evitar el probate e incapacidad | Protección de bienes frente a Medi-Cal |
💡 La estrategia inteligente: use ambos
La mayoría de las familias de California se benefician de tener ambos: un living trust revocable (para evitar el probate y administrar los bienes día a día) y un fideicomiso irrevocable (para la protección frente a Medi-Cal de bienes específicos de alto valor, como la casa familiar).
Comience con un living trust revocable como base de su plan patrimonial. Luego, si necesita planificación de Medi-Cal, trabaje con un abogado para añadir disposiciones de fideicomiso irrevocable para los bienes que quiera proteger.
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El periodo de revisión retroactiva (look-back) de 30 meses de Medi-Cal en California, explicado
El periodo de revisión retroactiva es, sin duda, el concepto más importante de la planificación de protección de bienes frente a Medi-Cal. Entenderlo puede ahorrarle a su familia cientos de miles de dólares.
¿Qué es el periodo de revisión retroactiva?
Cuando solicita el cuidado a largo plazo de Medi-Cal, Medi-Cal revisa los bienes que usted regaló en los 30 meses anteriores a su ingreso al asilo de ancianos u otro centro. Cualquier transferencia por menos del valor justo de mercado durante ese plazo puede resultar en un periodo de penalización, un periodo durante el cual Medi-Cal no pagará su cuidado.
Cómo funciona el periodo de penalización
Las transferencias realizadas a partir del 1 de enero de 2026 pueden causar una penalización que retrase su cobertura. Ejemplo: usted transfiere $150,000 a un fideicomiso irrevocable e ingresa a un asilo de ancianos 12 meses después (dentro del plazo de 30 meses). Esa transferencia puede causar una penalización que retrase su cobertura de Medi-Cal para la atención en el asilo de ancianos.
La ventaja de California: 30 meses vs. 60 meses
Los residentes de California tienen una gran ventaja de planificación. La mayoría de los estados usan un periodo de revisión retroactiva de 60 meses (5 años) para Medicaid. El periodo de revisión retroactiva de California para la atención en un asilo de ancianos es de solo 30 meses, y se aplica a las transferencias realizadas a partir del 1 de enero de 2026.
| Estado | Periodo de revisión retroactiva | Plazo de planificación |
|---|---|---|
| La mayoría de los estados | 60 meses | Debe planificar con 5 años o más de anticipación |
| California | 30 meses | Debe planificar con 2.5 años o más de anticipación |
Esto significa: si transfiere bienes a un fideicomiso irrevocable hoy y no necesita Medi-Cal durante al menos 30 meses, por lo general esas transferencias no causarán una penalización, y los bienes en un fideicomiso irrevocable debidamente estructurado por lo general quedan fuera de la recuperación del patrimonio.
⚠️ Importante: las reglas de Medi-Cal están cambiando
El periodo de revisión retroactiva de 30 meses de California se aplica a las transferencias realizadas a partir del 1 de enero de 2026, y la ley estatal ya programa un límite de bienes mucho más bajo ($21,000 para una persona, $31,000 para dos) para comenzar no antes del 1 de julio de 2027. Planifique ahora bajo las reglas vigentes hoy. Esperar podría dejarle menos opciones.
Estrategias de protección de bienes frente a Medi-Cal para familias de California
Existen varias estrategias legales para proteger bienes mientras califica para Medi-Cal. El mejor enfoque depende de su situación específica, su horizonte de tiempo y su estructura familiar.
Estrategia 1: fideicomiso irrevocable de protección de bienes Medi-Cal
Ideal para: familias a las que les faltan 30 meses o más para necesitar cuidado a largo plazo
- Transferir la casa y/u otros bienes a un fideicomiso irrevocable
- Nombrar a un hijo adulto o a una persona de confianza como fiduciario
- Usted puede conservar el derecho a vivir en la casa
- Después de 30 meses, los bienes quedan protegidos de Medi-Cal y del MERP
- Los hijos heredan la casa sin reclamación de Medi-Cal
✅ Ejemplo: la familia Martinez
Maria Martinez, de 72 años, es dueña de una casa de $750,000 en Glendale y tiene $200,000 en ahorros. Crea un fideicomiso irrevocable y transfiere su casa a él. Sigue viviendo en la casa. Tres años después, a los 75 años, necesita atención en un asilo de ancianos.
Sin planificación (casa a su propio nombre): Medi-Cal paga la atención. Después de que Maria fallece, el MERP puede presentar una reclamación de $438,000 contra su patrimonio sujeto a probate, y puede ser necesario vender la casa para pagarla.
Con un fideicomiso irrevocable: la casa se transfirió más de 30 meses antes de que ella necesitara atención, así que la transferencia no causa ninguna penalización, y la casa pasa a sus hijos fuera del patrimonio sujeto a probate, sin un reclamo de MERP. (Una casa en un fideicomiso revocable en vida también queda fuera de la recuperación del MERP para fallecimientos desde 2017; vea la sección sobre el MERP más abajo.)
Estrategia 2: protecciones para el cónyuge (Asignación de Recursos para el Cónyuge en la Comunidad)
Ideal para: parejas casadas en las que uno de los cónyuges necesita atención a largo plazo
- El cónyuge que permanece en casa (cónyuge en la comunidad) puede conservar bienes contables adicionales conforme a la Asignación de Recursos para el Cónyuge en la Comunidad (Community Spouse Resource Allowance, CSRA)
- La casa familiar está exenta (sin límite de valor neto (equity) para el cónyuge en la comunidad)
- Un vehículo exento
- El cónyuge en la comunidad recibe una Asignación Mensual para Necesidades de Manutención (Monthly Maintenance Needs Allowance, MMNA) de los ingresos del cónyuge que está en el asilo de ancianos
- Las protecciones contra el empobrecimiento del cónyuge evitan que el cónyuge que permanece en casa quede en la indigencia
Estrategia 3: agotamiento de recursos (spend-down) hacia bienes exentos
Ideal para: familias que necesitan Medi-Cal dentro de los próximos 30 meses
Si usted no tiene 30 meses para esperar, puede convertir legalmente bienes contables en bienes exentos:
- Pagar la hipoteca por completo (la casa está exenta; los pagos de la hipoteca reducen el efectivo contable)
- Mejoras en la casa (aumentan el valor de la casa, pero la casa sigue exenta)
- Comprar un plan funerario prepagado (irrevocable, sin límite de monto)
- Pagar deudas (tarjetas de crédito, préstamos de auto, facturas médicas)
- Comprar artículos para el hogar (muebles, electrodomésticos, exentos)
- Cambiar su vehículo por uno mejor (un vehículo exento, sin importar su valor)
Estrategia 4: transferencia de la casa a un familiar que califique
Ideal para: familias con un hijo que califique
Ciertas transferencias de la casa están exentas de la penalización del periodo retroactivo de revisión (look-back) incluso dentro de la ventana de 30 meses:
- Transferencia al cónyuge: siempre exenta, sin penalización
- Transferencia a un hijo ciego o discapacitado: exenta
- Transferencia a un hijo cuidador: exenta si el hijo vivió en la casa durante 2 años o más antes de que usted ingresara a un asilo de ancianos y le brindó cuidados que retrasaron la institucionalización
- Transferencia a un hermano con participación en la propiedad: exenta si el hermano vivió en la casa durante 1 año o más antes de que usted ingresara a un asilo de ancianos
Estrategia 5: anualidad que cumple con Medi-Cal
Ideal para: parejas casadas que convierten bienes excedentes en ingresos
- Comprar una anualidad que cumpla con Medi-Cal y que convierta bienes contables en un flujo de ingresos
- La anualidad debe ser irrevocable, no transferible, actuarialmente sólida y nombrar al estado como beneficiario del remanente
- Los ingresos van al cónyuge en la comunidad conforme a las reglas de la MMNA
- En la práctica, resguarda los bienes como ingresos para el cónyuge que permanece en casa
Proteja a su familia del proceso de sucesión (probate) en California
Programa de Recuperación Patrimonial de Medi-Cal (MERP): qué pasa después del fallecimiento
Incluso si usted califica para Medi-Cal durante su vida, el estado puede ir tras su patrimonio después de que usted fallezca. Este es uno de los aspectos más malentendidos, y más devastadores, de Medi-Cal.
Cómo funciona el MERP
- Después de que fallece un beneficiario de Medi-Cal, el estado calcula el total de beneficios pagados
- California presenta una reclamación contra el patrimonio de la persona fallecida
- Para fallecimientos ocurridos el 1 de enero de 2017 o después, el MERP solo puede recuperar de los bienes que están en el patrimonio sujeto al proceso de sucesión (probate)
- La casa familiar es el objetivo principal (el bien de mayor valor en la mayoría de los patrimonios)
Límites de recuperación del MERP
- El MERP solo puede recuperar del patrimonio sujeto al proceso de sucesión (probate); los bienes en un living trust, en tenencia conjunta o en una escritura de transferencia por muerte quedan fuera de él (Welfare and Institutions Code 14009.5)
- El MERP no puede recuperar si sobrevive un cónyuge o pareja doméstica registrada
- El MERP no puede recuperar si sobrevive un hijo menor de 21 años, o un hijo ciego o discapacitado
- El MERP no puede recuperar de fideicomisos irrevocables debidamente estructurados
- Las familias pueden solicitar una exención por dificultades económicas (hardship waiver) si la recuperación causaría una dificultad indebida
Cómo protegerse del MERP
| Estrategia | Protección contra el MERP | Tiempo de anticipación necesario |
|---|---|---|
| Fideicomiso irrevocable | ✅ Protección total | Más de 30 meses |
| Transferencia al cónyuge | ✅ Protección total (mientras viva el cónyuge) | Inmediata |
| Transferencia de la casa a un hijo cuidador | ✅ Protección total | El hijo debe haber vivido en la casa 2 años o más |
| Living trust revocable por sí solo | ✅ Los bienes del fideicomiso están fuera del patrimonio sujeto a probate | Antes del fallecimiento |
Medicare vs. Medi-Cal: entienda la diferencia
Muchas personas mayores en California confunden Medicare con Medi-Cal. Son programas completamente distintos, con coberturas de atención a largo plazo muy diferentes.
| Característica | Medicare | Medi-Cal |
|---|---|---|
| Quién califica | Por lo general, 65 años o más | Solo personas con ingresos/bienes bajos |
| Financiado por | El gobierno federal | Estado + gobierno federal (Medicaid) |
| Cobertura de atención a largo plazo | Solo hasta 100 días (enfermería especializada) | Atención en asilo de ancianos sin límite |
| Prueba de bienes | Ninguno | $130,000 para una persona, más $65,000 por cada miembro adicional del hogar (2026) |
| Efecto del living trust | Ninguno | Revocable = sin protección; irrevocable = protección después de 30 meses |
| Recuperación patrimonial | Ninguno | El MERP recupera después del fallecimiento |
En resumen: Medicare NO pagará la atención a largo plazo en un asilo de ancianos más allá de 100 días. Si usted necesita atención prolongada, necesita Medi-Cal, y eso significa que la planificación de bienes es esencial.
Errores comunes de planificación para Medi-Cal que debe evitar
Error #1: regalar bienes sin orientación profesional
Simplemente regalar su casa o sus ahorros a sus hijos parece una solución rápida, pero crea problemas serios:
- Penalización por el periodo retroactivo de revisión: los regalos hechos dentro de los 30 meses activan un periodo de penalización
- Implicaciones del impuesto sobre donaciones: los regalos de más de $19,000 al año por destinatario (2026) cuentan contra su exención de por vida
- Pérdida de control: ahora su hijo es dueño del bien. Podría venderlo, perderlo en un divorcio o los acreedores podrían embargarlo
- Impuesto sobre ganancias de capital: su hijo pierde la base fiscal incrementada (podría deber más de $100,000 en impuestos sobre ganancias de capital al vender)
Error #2: creer que un fideicomiso revocable ofrece protección frente a Medi-Cal
Muchas familias crean un fideicomiso revocable en vida creyendo que protege sus bienes de Medi-Cal. No es así. Un fideicomiso revocable es esencial para evitar el proceso de sucesión (probate) y para la protección en caso de incapacidad, pero Medi-Cal trata los bienes de un fideicomiso revocable como totalmente contables.
Error #3: esperar hasta necesitar atención
El mayor error es esperar. Una vez que usted está en un asilo de ancianos o necesita atención a largo plazo, la mayoría de las estrategias de protección de bienes ya no están disponibles:
- Las transferencias a un fideicomiso irrevocable activan la penalización del periodo retroactivo de revisión de 30 meses
- Si usted está incapacitado, puede carecer de la capacidad legal para firmar documentos
- La planificación de emergencia es mucho más cara y menos eficaz
Error #4: no protegerse del MERP
Muchas familias logran calificar para Medi-Cal, pero se olvidan de la recuperación patrimonial. Después de que fallece el beneficiario de Medi-Cal, el MERP puede reclamar cientos de miles de dólares del patrimonio, acabando con la herencia de la familia.
Error #5: ignorar las protecciones para el cónyuge
Las parejas casadas a menudo no se dan cuenta de que el cónyuge que permanece en casa tiene protecciones importantes. No aprovechar al máximo la Asignación de Recursos para el Cónyuge en la Comunidad significa dejar dinero sobre la mesa.
Ayude a su familia a evitar $26,000 en honorarios del proceso de sucesión (probate) fijados por ley
La ley de California fija los honorarios ordinarios del representante personal (Prob. Code §10800) y del abogado (§10810) con la misma tarifa, por lo que la cifra de arriba cuenta a ambos; los honorarios extraordinarios y los costos judiciales son adicionales. Un living trust cuesta $400 para una persona y $500 para una pareja.
Calendario de planificación para Medi-Cal: cuándo actuar
| Su situación | Qué hacer ahora | Prioridad |
|---|---|---|
| Con buena salud, menor de 65 años | Crear un living trust revocable (evitar el probate + protección en caso de incapacidad) | Base |
| Con buena salud, 65-75 años | Fideicomiso revocable + considerar un fideicomiso irrevocable para bienes de alto valor | Alto |
| Problemas de salud, 75 años o más | Fideicomiso irrevocable de inmediato: se necesitan 30 meses antes de Medi-Cal | Urgente |
| Necesita atención dentro de 30 meses | Conversión a bienes exentos, protecciones para el cónyuge, estrategias de agotamiento de recursos (spend-down) | Crítico |
| Ya está en un asilo de ancianos | Aprovechar al máximo las protecciones para el cónyuge, exenciones por dificultades económicas, planificación frente al MERP | Emergencia |
Preguntas frecuentes: protección de bienes frente a Medi-Cal
¿Un living trust (fideicomiso revocable en vida) protege los bienes de Medi-Cal en California?
Un living trust revocable NO protege los bienes de Medi-Cal. Medi-Cal trata los bienes de un fideicomiso revocable como contables porque usted todavía puede acceder a ellos y controlarlos. Sin embargo, un fideicomiso irrevocable SÍ puede proteger los bienes una vez que vence el periodo retroactivo de revisión (look-back) de 30 meses. La clave es planificar con anticipación. Usted necesita al menos 30 meses antes de necesitar atención a largo plazo.
¿Cuál es el periodo de revisión retroactiva (look-back) de Medi-Cal en California en 2026?
30 meses. El periodo retroactivo de revisión (look-back) de California para la atención en un asilo de ancianos es de 30 meses, considerablemente más corto que el periodo de 60 meses que se usa en la mayoría de los demás estados. Medi-Cal examina los bienes que usted regaló en los 30 meses anteriores a su ingreso al asilo de ancianos u otro centro, y las transferencias hechas el 1 de enero de 2026 o después pueden causar una penalización.
¿Puede Medi-Cal quitarme mi casa en California?
No mientras usted viva. Su casa no cuenta en su contra si usted planea regresar a ella, o si su cónyuge o pareja o un familiar dependiente vive allí. Después de que usted fallezca, el Programa de Recuperación Patrimonial de Medi-Cal (MERP) puede presentar una reclamación contra su patrimonio sujeto al proceso de sucesión (probate) para recuperar los beneficios pagados, de modo que una casa que quede a su propio nombre podría venderse para reembolsar a Medi-Cal. Para fallecimientos ocurridos el 1 de enero de 2017 o después, la recuperación se limita al patrimonio sujeto a probate, por lo que una casa en un living trust, en tenencia conjunta o que se transfiera mediante una escritura de transferencia por muerte queda fuera de él (Welfare and Institutions Code 14009.5).
¿Cuánto puedo conservar y aun así calificar para Medi-Cal?
A partir del 1 de enero de 2026: $130,000 en bienes contables para una persona, más $65,000 por cada miembro adicional del hogar, hasta 10 miembros. Su casa principal, su vehículo principal, los artículos del hogar y los fondos de jubilación de los que recibe pagos regulares están exentos. La ley estatal ahora establece un límite más bajo de $21,000 para una persona y $31,000 para dos, más $1,550 por cada miembro adicional, programado para entrar en vigor no antes del 1 de julio de 2027.
¿Qué pasa con mis cuentas de jubilación y Medi-Cal?
Las cuentas de jubilación (IRA, 401(k)) son contables a menos que estén en fase de pagos. Si usted convierte una IRA a un calendario de pagos regulares, el capital puede quedar exento mientras que los pagos cuentan como ingresos. Consulte a un abogado de planificación patrimonial para conocer el mejor enfoque para sus cuentas específicas.
¿Puedo transferir mi casa a mis hijos para evitar Medi-Cal?
Sí, pero con cuidado. Un regalo directo activa la penalización del periodo retroactivo de revisión (look-back) de 30 meses. Mejores opciones incluyen un fideicomiso irrevocable (protege después de 30 meses y evita problemas de impuesto sobre ganancias de capital) o una transferencia a un hijo cuidador que califique (totalmente exenta del periodo retroactivo si el hijo vivió en la casa 2 años o más y le brindó cuidados).
Puntos clave: protección de bienes frente a Medi-Cal en California
- Los fideicomisos revocables no protegen de Medi-Cal, pero siguen siendo esenciales para evitar el probate
- Los fideicomisos irrevocables SÍ pueden proteger los bienes, después del periodo retroactivo de revisión de 30 meses de California
- El periodo retroactivo de revisión de California es de solo 30 meses: mucho más corto que el periodo de 60 meses de la mayoría de los estados
- El MERP es la mayor amenaza para su casa: planifique para protegerse de la recuperación patrimonial después del fallecimiento
- Las parejas casadas cuentan con fuertes protecciones para el cónyuge: la CSRA permite que el cónyuge que permanece en casa conserve bienes adicionales
- Comience a planificar AHORA: una vez que necesita atención, para la mayoría de las estrategias ya es demasiado tarde
- No regale bienes directamente: use un fideicomiso irrevocable para evitar penalizaciones del periodo retroactivo de revisión, el impuesto sobre ganancias de capital y la pérdida de control
- Un living trust revocable es la base: todo plan patrimonial en California debería comenzar aquí
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Comience por $400 con preparación y revisión por una abogada de California →Acerca de: Rozsa Gyene, abogada de planificación patrimonial en California, Colegio de Abogados de California n.º 208356, más de 25 años ayudando a familias de California a proteger sus bienes y planificar su futuro.