Respuesta rápida
En California, lo más probable es que usted necesite un living trust (fideicomiso revocable en vida) si es dueño de bienes inmuebles que no encajarían en un procedimiento de patrimonio pequeño: una vivienda que vale más de $750,000, una residencia principal cuyo valor espera que supere esa cifra, una propiedad de alquiler o una segunda vivienda, o un terreno en otro estado. También lo necesita si quiere que alguien administre el dinero de sus hijos menores después de los 18 años, si está en un segundo matrimonio con hijos del primero, o si quiere que una persona designada se haga cargo de sus finanzas sin una curatela (conservatorship).
Quizás todavía no lo necesite si alquila, sus bienes en California fuera de las designaciones de beneficiarios y de la tenencia conjunta suman $208,850 o menos, y nadie depende de usted. Un testamento, un poder notarial duradero y una directiva anticipada de atención médica cubren esa situación.
Puntos clave
- La pregunta depende de lo que su familia tendría que presentar ante el tribunal sin un fideicomiso, y eso depende de lo que usted posee y de cómo está titulado.
- Para fallecimientos ocurridos el 1 de abril de 2025 o después, una residencia principal con un valor de hasta $750,000 puede transmitirse mediante una petición al tribunal conforme al Probate Code §13151 (tarifa de presentación de $435) en lugar de un proceso de sucesión (probate) completo. Una propiedad de alquiler, una segunda vivienda o una vivienda de mayor valor no pueden.
- Si sus bienes en California, inmuebles y muebles, suman $208,850 o menos, sin contar una vivienda que pasa mediante una petición conforme al §13151, los bienes muebles pueden cobrarse mediante una declaración jurada conforme al §13100 después de 40 días. Los bienes en tenencia conjunta, los bienes del fideicomiso, las cuentas que pasan a un cotitular sobreviviente o a un beneficiario pagadero al fallecimiento y los vehículos registrados no cuentan para ese límite (§13050).
- Un proceso de sucesión (probate) completo de una vivienda de $900,000 implica $42,000 en honorarios del abogado y del albacea fijados por ley conforme a los §§10810 y 10800, calculados sobre el valor bruto, sin descontar la hipoteca.
- Los hijos menores, las familias ensambladas, los terrenos en otros estados y la planificación para la incapacidad son razones para tener un fideicomiso que no tienen nada que ver con el tamaño del patrimonio.
- Nuestro fideicomiso preparado por una abogada cuesta $400 para una persona o $500 para una pareja casada. Transferir una vivienda a él cuesta un fideicomiso de $400 más una escritura de $100.
Esta guía está organizada por situación. Si quiere la comparación lado a lado de un fideicomiso y un testamento (costo, privacidad, impugnaciones, tutores), está en living trust vs. testamento en California. Aquí la pregunta es más concreta: según lo que usted posee y quién depende de usted, ¿a qué se enfrentaría realmente su familia sin un fideicomiso?
Tabla de decisión por situación
Busque las filas que lo describen. Cada una indica qué sucede sin un fideicomiso según la ley actual de California y si un fideicomiso cambia el resultado. Las cifras se aplican a fallecimientos ocurridos el 1 de abril de 2025 o después.
| Su situación | Sin un fideicomiso | ¿Ayuda un fideicomiso? |
|---|---|---|
| Residencia principal con un valor de $750,000 o menos | Petición al tribunal conforme al Probate Code §13151, tarifa de presentación de $435, al menos 40 días después del fallecimiento, aviso a todos los herederos | Sí, elimina la presentación ante el tribunal. No es estrictamente necesario si el valor se mantiene por debajo del límite. |
| Residencia principal con un valor de más de $750,000 | Proceso de sucesión (probate) completo, con honorarios del abogado y del albacea fijados por ley sobre el valor bruto | Sí, este es el caso principal para un fideicomiso. |
| Propiedad de alquiler, segunda vivienda o terreno baldío en California | El §13151 no está disponible (solo residencia principal). El §13200 cubre bienes inmuebles de California solo hasta $69,625 en total. De lo contrario, probate completo. | Sí. |
| Terreno en otro estado | Un procedimiento auxiliar separado en ese estado, conforme a la ley de ese estado | Sí, si el terreno se transfiere al fideicomiso mediante escritura. |
| Inquilino; cuentas en su mayoría con beneficiarios designados | Declaración jurada del §13100, sin tribunal, si el resto suma $208,850 o menos | Normalmente todavía no es necesario. |
| Hijos menores de 18 años | El dinero que se deja a un menor normalmente requiere una tutela judicial del patrimonio, y el hijo lo recibe a los 18 años | Sí. El fideicomiso fija la edad y el fiduciario. |
| Segundo matrimonio, hijos del primero | Las reglas de sucesión intestada (§6401) pueden enviar toda la propiedad comunitaria al cónyuge; por lo general, los hijastros no heredan (§6454) | Sí, un fideicomiso puede fijar la parte de cada lado. |
| Preocupación por demencia o incapacidad | Curatela del patrimonio (§1801) para todo lo que no alcance un poder notarial, tarifa de petición de $435 | Sí, el fiduciario sucesor administra los bienes del fideicomiso sin tribunal. |
El valor de su vivienda y el límite del §13151
Para la mayoría de las familias de California, la casa decide la cuestión. Desde la AB 2016 (Stats. 2024, ch. 331), la petición del Probate Code §13151 cubre la residencia principal del difunto en California con un valor de hasta $750,000, para fallecimientos ocurridos el 1 de abril de 2025 o después. La tabla de ajustes del Judicial Council también muestra los límites anteriores: $184,500 para fallecimientos del 1 de abril de 2022 al 31 de marzo de 2025, y $166,250 antes de eso. Conforme al Probate Code §890, los montos se ajustan de nuevo el 1 de abril de 2028.
La petición es más sencilla que el proceso de sucesión (probate), pero sigue siendo un caso judicial. Su heredero la presenta en el Superior Court del condado donde usted vivía (la regla de jurisdicción territorial del Probate Code §7051), espera al menos 40 días después del fallecimiento, paga la tarifa de presentación de $435 ($450 en los condados de Riverside y San Francisco) y debe enviar aviso de la petición a cada heredero y legatario dentro de los cinco días hábiles siguientes a la presentación (§13151(b)). La prueba del valor usa el valor bruto de la vivienda, por lo que una hipoteca grande no pone una casa de $900,000 por debajo del límite.
Ejemplo 1: una vivienda de $650,000 y una cuenta bancaria de $120,000
Una propietaria viuda fallece en 2026. Es dueña de su vivienda, con un valor de $650,000, a su propio nombre, de una cuenta de ahorros de $120,000 sin beneficiario pagadero al fallecimiento, de un automóvil y de una IRA que designa a su hijo.
- La vivienda califica para una petición conforme al §13151: era su residencia principal y vale menos de $750,000.
- La cuenta de ahorros puede cobrarse mediante una declaración jurada conforme al §13100. La vivienda reclamada conforme al §13151 queda excluida del cálculo de $208,850, el automóvil queda excluido por el §13050(b) y la IRA pasa al beneficiario designado.
- Resultado: no hay proceso de sucesión (probate) completo, pero sí una petición al tribunal con una tarifa de presentación, aviso a los herederos y una espera de 40 días antes de cualquiera de los dos pasos.
Para ella, un fideicomiso es una comodidad que ahorra una presentación ante el tribunal, no una necesidad. La situación cambia si la casa se revaloriza por encima de $750,000 antes de que ella fallezca, o si se muda a una residencia asistida y la casa deja de ser su residencia principal.
Ejemplo 2: la misma familia, con una vivienda de $900,000
Ahora la vivienda vale $900,000 y tiene una hipoteca de $400,000. Supera el límite del §13151, por lo que los herederos necesitan un proceso de sucesión (probate) completo. La compensación fijada por ley se calcula sobre el valor bruto de avalúo, sin restar la hipoteca (§10810(b)):
- Abogado (§10810): 4% de $100,000 más 3% de $100,000 más 2% de $700,000 = $21,000.00
- Albacea (§10800): la misma escala, otros $21,000.00
- Total combinado: $42,000.00, más la tarifa de presentación de $435 y una comisión del perito tasador del tribunal (probate referee) de una décima parte del uno por ciento del valor de avalúo (§8961), unos $900
Con un fideicomiso financiado, el fiduciario sucesor transfiere o vende la casa según los términos del fideicomiso, sin presentar nada ante el tribunal. El costo de prepararlo aquí es un fideicomiso de $400 más una escritura de $100. Calcule sus propias cifras en la calculadora de costos de sucesión (probate) en California.
Dos puntos prácticos. Primero, el valor se mide en la fecha del fallecimiento, no hoy, por lo que una vivienda que ahora está justo por debajo del límite puede no estarlo más adelante. Nuestras páginas de ciudades muestran los valores de las viviendas locales, por ejemplo living trust en Napa y living trust en Los Angeles. Segundo, el fideicomiso solo ayuda si la vivienda realmente se transfiere a él mediante escritura. Un fideicomiso firmado con la casa todavía a su nombre individual no mantiene esa casa fuera del tribunal: su familia necesitaría un proceso de sucesión (probate), un procedimiento de patrimonio pequeño o una petición al tribunal por separado (Probate Code §850) para pasarla al fideicomiso. Los pasos para financiarlo están en cómo financiar un living trust en California.
Lo que cuesta registrar la escritura
Transferir su vivienda a su propio fideicomiso revocable no es un cambio de titularidad a efectos del impuesto predial (Revenue and Taxation Code §62(d)), por lo que no hay reevaluación. La tarifa de $75 de la ley SB 2 normalmente no se cobra en una escritura que transfiere su propia vivienda a su fideicomiso, porque en la escritura se reclama la exención para propietarios ocupantes; sí se cobra en propiedades de alquiler y otras propiedades (Government Code §27388.1(a)(2)), hasta $225 por transacción (§27388.1(a)(1)). Nuestra oficina prepara la escritura por $100 por propiedad y usted la registra ante el registrador de su condado.
Propiedades de alquiler, segundas viviendas y terrenos en otros estados
La petición del §13151 se limita a la residencia principal. Un condominio de alquiler, una cabaña o un lote baldío en California quedan sujetos al Probate Code §13200, que permite a un heredero presentar una declaración jurada para bienes inmuebles solo si todos los bienes inmuebles del difunto en California, excepto los excluidos conforme al §13050, valen $69,625 o menos, y solo seis meses después del fallecimiento. Casi ninguna propiedad de alquiler en California cabe por debajo de esa cifra, por lo que una propiedad de alquiler que queda fuera de un fideicomiso generalmente significa un proceso de sucesión (probate) completo. En una propiedad de alquiler de $500,000, solo los honorarios del abogado y del albacea fijados por ley suman $26,000 en total.
Un terreno en otro estado es un problema aparte. Un tribunal de sucesiones (probate) de California se ocupa del patrimonio de un residente de California, pero cada estado aplica su propia ley a los terrenos dentro de sus fronteras (la versión de California de esa regla es el Civil Code §755), por lo que su familia normalmente tendría que abrir un segundo procedimiento auxiliar donde se encuentra el terreno. California funciona igual a la inversa: cuando una persona no residente fallece siendo dueña de un terreno en California, se puede abrir aquí una administración auxiliar (Probate Code §12510). Transferir el bien de otro estado a su fideicomiso, con una escritura que cumpla las reglas de registro de ese estado, evita el segundo caso. Los detalles, incluida la ley de qué estado rige el fideicomiso, están en el living trust de California y los bienes en otros estados.
Una escritura de transferencia por muerte (TOD) es otra forma de transmitir una parcela de California sin el proceso de sucesión (probate). Debe estar firmada y fechada, firmada por dos testigos presentes al mismo tiempo, reconocida ante un notario (§5624) y registrada dentro de los 60 días posteriores a la notarización (§5626); está previsto que la ley venza el 1 de enero de 2032, salvo que se prorrogue (§5600). No sirve de nada si usted queda incapacitado, y solo cubre el bien que describe. La comparación completa de los métodos para evitar el probate está en cómo evitar el proceso de sucesión (probate) en California.
Sin bienes inmuebles: la declaración jurada de $208,850
Si usted alquila, la pregunta tiene que ver sobre todo con las cuentas. Conforme al Probate Code §13100, cuando el valor bruto de sus bienes en California es de $208,850 o menos (fallecimientos ocurridos el 1 de abril de 2025 o después), sus herederos pueden cobrar los bienes muebles con una declaración jurada firmada una vez transcurridos 40 días, sin abrir un caso judicial. La sección 13050 excluye de ese cálculo:
- los bienes en tenencia conjunta (joint tenancy) y los bienes en un fideicomiso revocable;
- las cuentas bancarias con un cotitular sobreviviente o con un beneficiario pagadero al fallecer (payable-on-death);
- los vehículos, embarcaciones y viviendas prefabricadas (manufactured homes) registrados;
- hasta $20,875 de salario no pagado que se le debía al difunto (la cifra del §13050(c), según su ajuste).
Las cuentas de jubilación y los seguros de vida con un beneficiario designado que esté vivo pasan por contrato y no pasan en absoluto por el proceso de sucesión (probate) (Probate Code §5000). Así, una persona que alquila y tiene una cuenta de corretaje, un 401(k) que nombra a un hermano o una hermana y un auto a menudo puede dejarlo todo sin un fideicomiso. El punto débil es la propia designación de beneficiario: si el beneficiario designado muere primero y no se nombró un beneficiario contingente, las condiciones predeterminadas del plan pueden pagar la cuenta a su patrimonio sucesorio, donde cuenta para el límite de $208,850. Nuestra guía sobre la declaración jurada de patrimonio pequeño explica la declaración jurada y sus límites.
Este grupo sigue necesitando documentos. Un poder notarial duradero y una directiva anticipada de atención médica importan más a una persona soltera que alquila que un fideicomiso, porque deciden quién maneja su dinero y su atención médica si usted no puede.
Parejas casadas
A las parejas casadas a menudo les dicen que necesitan un fideicomiso de inmediato, y la respuesta honesta es más específica. En el primer fallecimiento, los bienes que se dejan al cónyuge sobreviviente por testamento, o que pasan al cónyuge por sucesión intestada, van al sobreviviente sin proceso de sucesión (probate) (Probate Code §13500). Cuando el sobreviviente necesita una orden judicial que confirme que una casa o una cuenta ahora le pertenece, el procedimiento es una petición de bienes conyugales (spousal property petition) conforme al §13650, con la misma tarifa de presentación de $435. Los bienes escriturados como "propiedad comunitaria con derecho de supervivencia" pasan al sobreviviente sin administración conforme al Civil Code §682.1, con el mismo procedimiento que la tenencia conjunta (joint tenancy), pero solo en el caso de los bienes cuya escritura así lo indique.
Es en el segundo fallecimiento donde aparece el proceso de sucesión (probate). Lo que el sobreviviente posea solo a su nombre en ese momento se mide con los mismos límites de los §13151 y §13100 que el patrimonio de una persona soltera. Un fideicomiso conjunto cubre ambos fallecimientos, la incapacidad de cualquiera de los cónyuges y la división entre la parte del cónyuge fallecido y la parte del sobreviviente. Nuestro fideicomiso para una pareja casada cuesta $500. Encontrará más sobre cómo funcionan los fideicomisos conjuntos en el primer fallecimiento en living trusts para parejas casadas en California.
Hijos menores de edad
Los padres de niños pequeños necesitan un fideicomiso por una razón que no tiene nada que ver con el tamaño del patrimonio. Un menor es cualquier persona menor de 18 años (Family Code §6500), y un menor no puede administrar una herencia. Sin un fideicomiso u otro arreglo, el dinero que se deja a un hijo por lo general requiere una tutela judicial del patrimonio, cuya petición cuesta $435, que rinde informes al tribunal y que termina cuando el hijo cumple 18 años (Probate Code §1600). En ese momento el hijo recibe todo directamente. Una pequeña excepción es el Probate Code §3401, que permite que uno de los padres conserve hasta $5,000 en total para un menor sin una tutela.
Un fideicomiso reemplaza eso con sus propias reglas: el fiduciario que usted elija administra el dinero, paga la escuela y la manutención, y distribuye a las edades que usted fije, ya sea a los 25, a los 30 o por etapas. La California Uniform Transfers to Minors Act (ley uniforme de transferencias a menores) es una alternativa más ligera, pero una custodia creada por un testamento o un fideicomiso solo puede durar hasta los 25 años como máximo (§3920.5).
El tutor que criará a sus hijos es una decisión aparte. Uno de los padres nombra a un tutor de la persona en un escrito firmado, normalmente el testamento que acompaña al fideicomiso (Probate Code §§1500 y 1502), y el tribunal da a ese nombramiento el peso debido. Un fideicomiso no hace esto por sí solo, y esa es una de las razones por las que todo fideicomiso que preparamos incluye un testamento de respaldo (pour-over will).
Familias ensambladas
Un segundo matrimonio con hijos de un primer matrimonio es la situación en la que las reglas predeterminadas con más frecuencia producen un resultado que nadie quería. Si un cónyuge muere sin testamento ni fideicomiso, las reglas de sucesión intestada de California dan al cónyuge sobreviviente toda la mitad de la propiedad comunitaria que correspondía al difunto (Probate Code §6401(a)). De la propiedad separada del difunto, el cónyuge sobreviviente recibe un tercio cuando hay más de un hijo, y los hijos se reparten el resto (§6401(c)(3)). Los hijos del primer matrimonio no reciben nada de la propiedad comunitaria.
Cuando el cónyuge sobreviviente muere después, su patrimonio pasa a sus propios herederos. Si el sobreviviente deja hijos propios, un hijastro por lo general no hereda nada de ese padrastro o madrastra, a menos que la relación haya comenzado en la infancia, haya continuado de por vida y el padrastro o la madrastra hubiera adoptado al hijo de no ser por un impedimento legal (§6454). Los hijastros heredan como descendientes del primer cónyuge solo cuando el sobreviviente no deja hijos (§6402.5) o no deja ningún pariente cercano (§6402(e)). Así, los hijos del primer cónyuge pueden quedar totalmente excluidos, en dos pasos, sin que nadie lo haya querido.
Un testamento ayuda, pero sigue pasando por el proceso de sucesión (probate), y un cónyuge sobreviviente que hereda directamente puede después dejarlo todo a otras personas. Un fideicomiso puede conservar la parte del cónyuge fallecido durante la vida del sobreviviente y luego pasarla a los hijos de ese cónyuge. Que el sobreviviente pueda cambiar la parte del cónyuge fallecido depende de cómo esté redactado el fideicomiso: salvo que el fideicomiso disponga otra cosa, cada cónyuge puede revocar un fideicomiso conjunto solo en cuanto a la porción que ese cónyuge aportó (Probate Code §15401(b)), y muchos fideicomisos hacen que la parte del primer cónyuge sea irrevocable al fallecer. Es una redacción que tiene que hacerse a propósito.
Incapacidad
El proceso de sucesión (probate) tiene que ver con la muerte. La incapacidad es la otra mitad de la pregunta, y puede llegar a cualquier edad. Si usted ya no puede administrar sus finanzas y nadie tiene autoridad legal para actuar, alguien, normalmente un familiar, tiene que solicitar una curatela (conservatorship) del patrimonio. El tribunal puede nombrar a un curador para una persona que es sustancialmente incapaz de administrar sus propios recursos financieros o de resistir el fraude o la influencia indebida, y el estándar de prueba es la evidencia clara y convincente (Probate Code §1801(b), (e)). La tarifa de la petición es de $435; la evaluación del investigador del tribunal (§1851.5), una fianza (§2320) y los honorarios de abogados se suman a eso, y el curador rinde informes al tribunal.
Un living trust financiado nombra a un fiduciario sucesor que se hace cargo de los bienes del fideicomiso cuando usted ya no puede actuar, según las cláusulas de incapacidad del fideicomiso, sin intervención del tribunal. Los bienes que quedan fuera del fideicomiso, como una IRA, un auto o un último cheque de pago, necesitan un poder notarial duradero. Un poder notarial de California debe estar fechado, firmado y, o bien notarizado, o bien firmado por dos testigos calificados (Probate Code §4121). Su apoderado bajo un poder notarial no puede modificar ni revocar su fideicomiso a menos que el fideicomiso lo permita expresamente (§15401(c)), y esa es otra razón por la que los dos documentos se redactan juntos.
Si hay demencia en su familia, o si usted cuida a un cónyuge cuya capacidad está disminuyendo, este punto por sí solo normalmente justifica un fideicomiso mientras ambos todavía puedan firmar.
Lo que un fideicomiso revocable no hace
- Protegerlo de sus propios acreedores. Mientras usted pueda revocar el fideicomiso, sus bienes están sujetos a sus acreedores en la medida de esa facultad (Probate Code §18200).
- Reducir el impuesto sucesorio para la mayoría de las familias. La exclusión básica federal es de $15,000,000 por persona para 2026 (Public Law 119-21). Por debajo de esa cifra, no hay impuesto sucesorio federal, con o sin fideicomiso. El aspecto fiscal se explica en beneficios fiscales del living trust en California.
- Cambiar la elegibilidad para Medi-Cal. Lo que sí cambia es la recuperación patrimonial: para fallecimientos ocurridos el 1 de enero de 2017 o después, Medi-Cal solo puede recuperar del patrimonio sujeto al proceso de sucesión (probate), y para miembros de 55 años o más no hace ningún reclamo cuando hay un cónyuge o una pareja doméstica registrada sobreviviente, un hijo menor de 21 años, o un hijo ciego o con discapacidad (Welfare and Institutions Code §14009.5). Una casa en un fideicomiso financiado no forma parte del patrimonio sujeto a probate.
- Funcionar sin financiarlo. Las cuentas y los bienes inmuebles deben cambiarse de titularidad o escriturarse a nombre del fiduciario. Un testamento de respaldo (pour-over will) (Probate Code §6300) recoge lo que se pasó por alto, pero todo lo que pase conforme al testamento por encima de los límites de patrimonio pequeño sigue pasando primero por el proceso de sucesión (probate).
Si la tabla apuntó a un fideicomiso
Living trust de California preparado por una abogada: $400 para una persona, $500 para una pareja casada, con testamento de respaldo (pour-over will), poder notarial duradero y directiva anticipada de atención médica. La preparación de la escritura de su casa cuesta $100 por propiedad.
Vea los precios y comience Pregúntele a la abogadaCómo decidir, paso a paso
- Haga una lista de lo que posee y de cómo está titulado. Para cada bien, anote el valor y si está solo a su nombre, en tenencia conjunta (joint tenancy), como propiedad comunitaria con derecho de supervivencia, o si tiene un beneficiario designado.
- Revise primero los bienes inmuebles. ¿Su casa es su residencia principal y vale $750,000 o menos? ¿Es dueño de alguna propiedad de alquiler, segunda vivienda, terreno baldío o propiedad fuera del estado? Cualquier respuesta afirmativa a la segunda pregunta apunta a un fideicomiso.
- Sume el resto. Totalice los bienes que no tienen beneficiario y que no son de titularidad conjunta, sin contar los vehículos. Si superan $208,850, sus herederos enfrentarán un proceso de sucesión (probate) por esos bienes.
- Piense en las personas. Hijos menores de 18 años, una familia ensamblada, un beneficiario con una discapacidad o con un problema de gastos, o antecedentes familiares de demencia son, cada uno, razones para un fideicomiso, sin importar los totales anteriores.
- Revise sus designaciones de beneficiario. Nombre un beneficiario contingente en cada cuenta de jubilación y en cada póliza, y considere nombrar al fideicomiso para la parte de un hijo menor.
- Si firma un fideicomiso, financíelo el mismo mes. Registre la escritura, cambie la titularidad de las cuentas bancarias y de corretaje, y lleve una lista de lo que contiene el fideicomiso.
Si ninguno de los pasos apunta a un fideicomiso, un testamento junto con un poder notarial duradero y una directiva anticipada de atención médica es un plan razonable por ahora. Revíselo cuando compre una propiedad, tenga un hijo, se case o se divorcie. Nuestro paquete de living trust y testamento explica lo que hace cada documento de un plan completo.
Preguntas
¿Necesito un living trust si mi vivienda en California vale menos de $750,000?
No siempre. Para fallecimientos ocurridos el 1 de abril de 2025 o después, una residencia principal con un valor de $750,000 o menos puede pasar a sus herederos mediante una petición al tribunal conforme al Probate Code §13151 en lugar de un proceso de sucesión (probate) completo. Esa petición aun así cuesta $435 de presentación ($450 en los condados de Riverside y San Francisco), no puede presentarse hasta 40 días después del fallecimiento y requiere dar aviso a cada heredero. No cubre una propiedad de alquiler, una segunda vivienda ni una vivienda cuyo valor haya superado los $750,000 en la fecha del fallecimiento. Un fideicomiso evita por completo la presentación ante el tribunal y también cubre la incapacidad.
¿Necesito un living trust si alquilo y no tengo bienes inmuebles?
A menudo, todavía no. Si sus bienes en California, sin contar las cuentas con un beneficiario designado, los bienes en tenencia conjunta (joint tenancy) y los vehículos, suman $208,850 o menos, sus herederos pueden cobrar los bienes muebles con la declaración jurada del Probate Code §13100 a los 40 días del fallecimiento, sin ningún caso judicial. Un testamento, un poder notarial duradero y una directiva anticipada de atención médica normalmente cubren a un inquilino. Vuelva a plantearse la pregunta cuando compre una propiedad o cuando sus cuentas superen ese límite.
Estamos casados y todo es propiedad comunitaria. ¿Aun así necesitamos un fideicomiso?
El primer fallecimiento normalmente se puede manejar sin uno: los bienes que se dejan al cónyuge sobreviviente pasan sin proceso de sucesión (probate) conforme al Probate Code §13500, aunque a menudo se necesita una petición de bienes del cónyuge conforme al §13650 ($435) para sanear el título de los bienes inmuebles. El problema es el segundo fallecimiento. Todo lo que el cónyuge sobreviviente tenga en ese momento pasa por el probate, a menos que califique para un procedimiento de patrimonio pequeño. Un fideicomiso conjunto cubre ambos fallecimientos y la incapacidad de cualquiera de los cónyuges.
Tengo un terreno en otro estado. ¿Eso cambia la respuesta?
Por lo general, sí. Cada estado aplica su propia ley a los terrenos dentro de sus fronteras, por lo que su familia normalmente tendría que abrir un procedimiento auxiliar separado donde se encuentra el terreno. Transferir el terreno de otro estado a su fideicomiso, con una escritura que cumpla las reglas de ese estado, evita el segundo procedimiento.
¿Un living trust nombra un tutor para mis hijos?
No. El tutor de sus hijos se nombra en un documento escrito y firmado, normalmente el testamento que acompaña al fideicomiso (Probate Code §§1500 y 1502). El fideicomiso hace la otra mitad del trabajo: guarda el dinero para los hijos y le permite elegir la edad a la que lo reciben, en lugar de una tutela judicial del patrimonio que termina a los 18 años.
¿Un fideicomiso revocable en vida protegerá mis bienes de los acreedores o de una reclamación de Medi-Cal?
No de sus propios acreedores mientras usted vive: conforme al Probate Code §18200, los bienes del fideicomiso están sujetos a sus acreedores en la medida en que usted pueda revocar el fideicomiso. En cuanto a Medi-Cal, la recuperación sobre el patrimonio para fallecimientos ocurridos el 1 de enero de 2017 o después alcanza solo el patrimonio sujeto al proceso de sucesión (probate) (Welfare and Institutions Code §14009.5), por lo que una vivienda que está en un fideicomiso financiado queda fuera de esa reclamación. Un fideicomiso no cambia las reglas de elegibilidad de Medi-Cal.
¿Puedo firmar un fideicomiso ahora y transferir mi casa a él más adelante?
Puede hacerlo, pero el fideicomiso no hace nada por la casa hasta que la escritura se registre. Si usted fallece antes, su familia necesita un procedimiento judicial para transferir la casa; si pierde la capacidad, su fiduciario sucesor no tiene autoridad sobre ella. Nuestra oficina prepara la escritura por $100 por propiedad y usted la registra ante el registrador del condado; una escritura a su propio fideicomiso revocable no es un cambio de titularidad a efectos del impuesto predial (Revenue and Taxation Code §62(d)).
¿Un living trust ahorra impuesto sucesorio?
Para la mayoría de las familias de California, no. La exclusión del impuesto sucesorio federal es de $15,000,000 por persona para 2026, por lo que la mayoría de los patrimonios no deben impuesto sucesorio, con o sin fideicomiso. Un fideicomiso revocable sirve para evitar el proceso de sucesión (probate) y manejar la incapacidad, no para los impuestos.
Fuentes
Verificado el 6 de octubre de 2026. Los límites en dólares se ajustan cada tres años; confirme la cifra vigente para la fecha del fallecimiento.
- Maximum Amounts for Determining Eligibility for Summary Succession Procedures (ajustes del Probate Code §890), Judicial Council of California
- Statewide Civil Fee Schedule vigente desde el 1 de enero de 2026 (partidas 124, 131, 144, 145 y apéndice), Judicial Council of California
- What's new: Estate and gift tax (novedades del impuesto sucesorio y de donaciones), Internal Revenue Service
- Probate Code §13151 (petición de residencia principal)
- Probate Code §13100 (declaración jurada de patrimonio pequeño)
- Probate Code §13050 (bienes excluidos de los límites de patrimonio pequeño)
- Probate Code §5000 (transferencias fuera del proceso de sucesión por designación de beneficiario)
- Probate Code §13200 (bienes inmuebles de poco valor)
- Probate Code §10810 (honorarios del abogado)
- Probate Code §10800 (honorarios del representante personal)
- Probate Code §8961 (comisión del perito tasador del tribunal, probate referee)
- Probate Code §7051 (jurisdicción territorial)
- Probate Code §12510 (administración auxiliar)
- Civil Code §755 (la ley de California rige los bienes inmuebles situados en California)
- Probate Code §850 (petición para confirmar que un bien pertenece a un fideicomiso o a un patrimonio sucesorio)
- Probate Code §5600 (escritura de transferencia por muerte, TOD; fecha de caducidad)
- Probate Code §5624 (otorgamiento de la escritura de transferencia por muerte)
- Probate Code §5626 (registro dentro de 60 días)
- Probate Code §13500 (bienes que pasan al cónyuge sobreviviente)
- Probate Code §13650 (petición de bienes conyugales)
- Civil Code §682.1 (propiedad comunitaria con derecho de supervivencia)
- Family Code §6500 (mayoría de edad)
- Probate Code §3401 (bienes de un menor de hasta $5,000)
- Probate Code §1600 (la tutela termina con la mayoría de edad)
- Probate Code §3920.5 (transferencia diferida conforme a la Uniform Transfers to Minors Act)
- Probate Code §1500 (nombramiento de tutor)
- Probate Code §1502 (forma del nombramiento)
- Probate Code §6401 (parte intestada del cónyuge sobreviviente)
- Probate Code §6454 (hijastros e hijos de crianza)
- Probate Code §6402 (partes intestadas distintas de la del cónyuge)
- Probate Code §6402.5 (bienes provenientes de un cónyuge premuerto)
- Probate Code §15401 (revocación de fideicomisos, fideicomitentes conjuntos, apoderados)
- Probate Code §1801 (quién puede tener un curador)
- Probate Code §1851.5 (evaluación del investigador del tribunal)
- Probate Code §2320 (fianza del curador y del tutor)
- Probate Code §4121 (formalidades del poder notarial)
- Probate Code §18200 (acreedores del fideicomitente)
- Probate Code §6300 (testamento de respaldo, pour-over will)
- Welfare and Institutions Code §14009.5 (recuperación patrimonial de Medi-Cal)
- Government Code §27388.1 (tarifa de registro SB 2 y exenciones)
- Revenue and Taxation Code §62 (transferencias a un fideicomiso revocable)
Este artículo es información general sobre la ley de California, no asesoría legal para su situación. Leerlo no crea una relación abogado-cliente.