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¿Qué es un fiduciario? La ley de fideicomisos de California explicada

Revisado por Rozsa Gyene, abogada de California. Última revisión: octubre de 2026.

Por Rozsa Gyene, abogada (Colegio de Abogados de California n.º 208356) | Publicado en diciembre de 2025, actualizado en octubre de 2026

Respuesta rápida

Un fiduciario es la persona o la compañía que tiene la titularidad legal de los bienes del fideicomiso y los administra conforme a los términos del fideicomiso. En un living trust (fideicomiso revocable en vida) de California, normalmente usted es su propio fiduciario mientras vive y está bien de salud. El fiduciario sucesor que usted nombre asume el cargo si usted queda incapacitado o fallece. El Probate Code decide quién puede ejercer el cargo (Probate Code §§15600, 15660), qué puede hacer un fiduciario sin orden judicial (§16200) y cómo renuncia o es removido un fiduciario (§§15640, 15642).

Puntos clave

En esta página

  1. El fiduciario y los demás roles en un fideicomiso de California
  2. Tipos de fiduciarios: sucesor, cofiduciario, corporativo, profesional
  3. Quién puede ser fiduciario y qué pasa si nadie acepta
  4. Lo que un fiduciario puede hacer sin orden judicial
  5. Renuncia y remoción de un fiduciario
  6. Preguntas sobre los fiduciarios
  7. Fuentes

El fiduciario y los demás roles en un fideicomiso de California

Todo fideicomiso tiene tres roles. El fideicomitente (también llamado trustor o grantor) crea el fideicomiso y pone bienes en él. El fiduciario tiene la titularidad legal de esos bienes y los administra. Los beneficiarios tienen el derecho, ahora o más adelante, de recibir dinero o bienes del fideicomiso. La página de autoayuda del Santa Clara County Superior Court lo dice de forma sencilla: el fiduciario es "la persona (o las personas) que tiene la titularidad legal de los bienes que están en el fideicomiso".

La definición del propio Probate Code es breve. La sección 84 dice que "fiduciario" incluye a un fiduciario original, adicional o sucesor, haya sido o no nombrado o confirmado por un tribunal. Esa última parte es importante: el fiduciario sucesor de un living trust obtiene su autoridad del documento del fideicomiso, no de un juez. No hay cartas de nombramiento (letters) como las que recibe un albacea en el proceso de sucesión (probate).

En un fideicomiso revocable en vida, normalmente una sola persona ocupa los tres roles al principio. Si usted firma un fideicomiso como fideicomitente y se nombra a sí mismo fiduciario, la titularidad de su casa se registra en una forma como "Ana Reyes, Trustee of the Ana Reyes Living Trust dated March 3, 2026". Usted sigue decidiendo todo. El Probate Code §15800 dice que, mientras el fideicomiso sea revocable y la persona que puede revocarlo sea competente, esa persona, y no los beneficiarios, tiene los derechos de los beneficiarios, y los deberes del fiduciario se deben a esa persona. Sus hijos nombrados como beneficiarios no tienen derecho a que usted les rinda cuentas mientras usted vive y está bien de salud. A menos que el fideicomiso se haga expresamente irrevocable, un fideicomiso de California es revocable por el fideicomitente (§15400).

¿Fiduciario o albacea?

Un fiduciario administra los bienes cuya titularidad está a nombre de un fideicomiso y actúa sin un tribunal. Un albacea es nombrado por el tribunal de sucesiones (probate) para encargarse de los bienes que están a nombre propio de la persona fallecida. Con frecuencia una misma persona ocupa ambos cargos para la misma familia. Nuestra guía sobre el albacea de un patrimonio en California explica quién puede ser albacea y cómo lo nombra el tribunal.

Tipos de fiduciarios: sucesor, cofiduciario, corporativo, profesional

Fiduciario inicial

El primer fiduciario nombrado en el fideicomiso. En la mayoría de los living trusts de California es el fideicomitente, o ambos cónyuges en un fideicomiso conjunto de una pareja casada.

Fiduciario sucesor

La persona que asume el cargo cuando el fiduciario anterior fallece, renuncia, es removido o ya no puede actuar. Cuando un fideicomitente que es fiduciario queda incapacitado, el documento del fideicomiso normalmente establece la prueba, por ejemplo una carta de uno o dos médicos. El Probate Code §15800(c) reconoce la incapacidad establecida ya sea por el método que especifica el fideicomiso o por un tribunal. Un fideicomiso bien redactado nombra al menos a dos sucesores en orden, para que una vacante no obligue a la familia a acudir al tribunal.

Cofiduciarios

Dos o más personas que ejercen el cargo al mismo tiempo. La regla por defecto es estricta: "A menos que el instrumento del fideicomiso disponga otra cosa, una facultad conferida a dos o más fiduciarios solo puede ejercerse por su acción unánime" (§15620). Si un cofiduciario deja el cargo, los demás pueden actuar como si fueran los únicos fiduciarios (§15621). Si uno solo no está disponible temporalmente por ausencia o enfermedad, los demás pueden actuar cuando sea necesario para cumplir el fideicomiso o para evitar un daño irreparable a los bienes del fideicomiso (§15622). Nombrar a tres hijos adultos como cofiduciarios parece justo, pero con la regla de unanimidad un solo hermano puede impedir la venta de una casa. Por eso muchos fideicomisos permiten que los cofiduciarios actúen por mayoría o que cualquiera de dos actúe por sí solo.

Fiduciario corporativo

El departamento fiduciario de un banco o una compañía fiduciaria. El Probate Code define una compañía fiduciaria como una entidad que está habilitada para dedicarse a un negocio fiduciario y llevarlo a cabo en California (§83). Las familias eligen una por continuidad y neutralidad. Su tarifa sigue la cláusula de compensación del fideicomiso o, si el fideicomiso no dice nada, debe ser razonable (§15681), y un tribunal puede revisar si el pago de un fiduciario es razonable (§17200(b)(9)).

Fiduciario profesional

Una persona a quien se le paga por administrar fideicomisos de personas fuera de su familia. California regula esta actividad. Conforme al Business and Professions Code §6501, un fiduciario profesional incluye a una persona que actúa como fiduciario para cuatro o más personas al mismo tiempo, sin contar a los propios parientes del fiduciario y contando como uno a los fideicomitentes emparentados entre sí. Desde el 1 de enero de 2009, el §6530 prohíbe que cualquier persona actúe como fiduciario profesional o se presente como tal sin una licencia del Professional Fiduciaries Bureau. Los abogados están exentos, y las compañías fiduciarias y los bancos asegurados por la FDIC quedan fuera de la definición. Antes de contratar a un fiduciario privado, verifique la licencia en el sitio web del Bureau.

Quién puede ser fiduciario y qué pasa si nadie acepta

El documento del fideicomiso decide. El Probate Code no le da el cargo por defecto al cónyuge ni al hijo mayor; primero cubre una vacante con los nombres y los métodos del fideicomiso (§15660(b)). En la práctica, la elección es entre un cónyuge, un hijo adulto, otro pariente o amigo, un fiduciario profesional con licencia y una compañía fiduciaria.

Aceptar o rechazar el cargo

Ser nombrado no obliga a nadie. Conforme al §15600, una persona acepta el fideicomiso firmando el fideicomiso o una aceptación por escrito separada, o ejerciendo a sabiendas facultades o cumpliendo deberes conforme a él. Quien no vaya a ejercer el cargo debe decirlo por escrito y no debe empezar a manejar los bienes del fideicomiso, porque actuar puede contar como aceptación. Hay una excepción limitada: un fiduciario nombrado puede actuar para conservar los bienes del fideicomiso en una emergencia sin aceptar, si entrega un rechazo por escrito dentro de un tiempo razonable (§15600(b)).

Cuando el cargo de fiduciario está vacante

La sección 15643 enumera cuándo hay una vacante: el fiduciario nombrado rechaza el fideicomiso, no puede ser identificado o no existe, renuncia o es removido, o fallece; se nombra un curador (conservator) o un tutor para un fiduciario que es una persona física; el fiduciario es objeto de una orden de alivio (order for relief) en una quiebra; o la autorización (charter) de una compañía fiduciaria es revocada o sus facultades suspendidas por 30 días o más, o un síndico (receiver) nombrado para ella no es liberado dentro de 30 días. La vacante se cubre entonces en este orden (§15660):

  1. La persona que nombra el fideicomiso, o por el método que dispone el fideicomiso.
  2. Si eso falla, una compañía fiduciaria que acepte ejercer el cargo, si están de acuerdo todos los beneficiarios adultos que reciben o tienen derecho a recibir ingresos o capital.
  3. Si eso falla, el tribunal nombra a un fiduciario a petición de cualquier persona interesada. El tribunal considera las propuestas de los beneficiarios de 14 años o más.

No es necesario cubrir la vacante de un cofiduciario, a menos que el fideicomiso lo exija (§15660(a)).

Personas a las que la ley mira con sospecha

La sección 21380 presume que una donación a ciertas personas es producto de fraude o influencia indebida, entre ellas la persona que redactó el documento y un cuidador de un adulto dependiente que lo firmó mientras recibía atención. Si esa persona es el único fiduciario, el §15642(b)(6) permite que el tribunal la remueva, a menos que determine, considerando todos los hechos, que mantenerla es coherente con la intención del fideicomitente y que esa intención no fue producto de fraude o influencia indebida. Esa causal de remoción no se aplica si el fideicomitente está emparentado por sangre o matrimonio con el fiduciario o con el redactor (o vive con ellos), o si un abogado independiente asesora al fideicomitente y firma un certificado de revisión independiente. Un cuidador puede ser un buen fiduciario; un cuidador sin parentesco como único fiduciario, sin ese certificado, invita a una disputa judicial.

Un ejemplo práctico

Ana, una viuda de Burbank, firma un fideicomiso en el que se nombra a sí misma fiduciaria, a su hija Lucia como primera sucesora y a su hijo Marco como segundo. Ana transfiere su casa mediante escritura a sí misma como fiduciaria. Mientras Ana es competente, ella lo maneja todo y no les debe ningún informe a sus hijos (§15800). Si más adelante dos médicos certifican, conforme a la cláusula de incapacidad del fideicomiso, que Ana no puede manejar sus finanzas, Lucia pasa a ser fiduciaria sin una audiencia judicial. Si Lucia rechaza el cargo por escrito, Marco asume conforme al §15660(b). Si Marco también ha fallecido, los beneficiarios adultos pueden ponerse de acuerdo en una compañía fiduciaria, y solo si no logran ponerse de acuerdo alguien acude al tribunal.

El mismo plan falla si la casa nunca se transfirió al fideicomiso mediante escritura. Un fiduciario sucesor administra lo que es propiedad del fideicomiso. Una casa que quedó a nombre propio de Ana generalmente pasa por el proceso de sucesión (probate), donde los honorarios del abogado y del albacea establecidos por ley sobre un valor bruto de $1,000,000 suman $46,000 conforme al Probate Code §§10800 y 10810, sin contar los costos. Nuestra calculadora de costos de probate en California hace los cálculos para otros valores. Nuestra oficina prepara un fideicomiso por $400 (individual) o $500 (pareja casada), y un fideicomiso de $400 más una escritura de $100 mantiene una casa como la de Ana fuera del probate. Consulte living trusts en Burbank para ver cómo se registra la escritura ante el Registrar-Recorder del condado de Los Angeles en Norwalk.

Lo que un fiduciario puede hacer sin orden judicial

La sección 16200 le da al fiduciario tres niveles de facultades sin autorización judicial: (a) las facultades que confiere el instrumento del fideicomiso; (b) salvo en la medida en que el fideicomiso las limite, las facultades que confiere la ley; y (c) salvo en la medida en que el fideicomiso lo limite, la facultad de realizar cualquier acto que un fiduciario realizaría para los fines del fideicomiso conforme al estándar de diligencia del §16040 o del §16047. Las secciones 16220 a 16249 enumeran luego facultades legales específicas. Entre ellas, el fiduciario tiene la facultad de:

Tener una facultad no es lo mismo que ser libre de usarla. La sección 16202 dice que el otorgamiento de una facultad no exige ni permite por sí mismo su ejercicio, y todo ejercicio de una facultad está sujeto a los deberes fiduciarios del fiduciario. Un fiduciario puede vender la casa; vendérsela a un amigo con descuento sigue siendo un incumplimiento.

Cómo demostrar la facultad del fiduciario ante un banco o una compañía de títulos

Un fiduciario no tiene que entregar el fideicomiso completo. Conforme al Probate Code §18100.5, el fiduciario puede entregar en su lugar una certificación del fideicomiso: una declaración firmada por todos los fiduciarios en funciones y reconocida ante notario, que indica que el fideicomiso existe, quiénes son el fideicomitente y los fiduciarios, las facultades del fiduciario, si el fideicomiso es revocable y cómo se toma la titularidad de los bienes del fideicomiso. El banco puede pedir extractos que muestren quiénes son los fiduciarios sucesores y la facultad que se está usando, pero no las disposiciones que dicen quién hereda. Una persona que confía en la certificación sin saber que es incorrecta no es responsable, y quien la rechaza de mala fe y exige el fideicomiso completo puede ser responsable de daños y honorarios de abogados.

Lo que un fiduciario debe hacer después del fallecimiento del fideicomitente, paso a paso, incluidos el aviso a los beneficiarios y herederos y la rendición de cuentas, se explica en nuestra lista de verificación de los deberes del fiduciario sucesor.

Renuncia y remoción de un fiduciario

Renuncia

Un fiduciario que ha aceptado no puede simplemente abandonar el cargo. Conforme al §15640, un fiduciario puede renunciar (a) según lo disponga el instrumento del fideicomiso; (b) en un fideicomiso revocable, con el consentimiento de la persona que tiene la facultad de revocarlo; (c) en un fideicomiso irrevocable, con el consentimiento de todos los beneficiarios adultos que reciben o tienen derecho a recibir ingresos o capital; o (d) por orden judicial, a petición del propio fiduciario conforme al §17200. Hasta que los bienes se entreguen al siguiente fiduciario, el fiduciario anterior sigue siendo responsable de ellos y conserva las facultades razonablemente necesarias para preservarlos (§15644).

Remoción de un fiduciario

La sección 15642(a) dice que un fiduciario puede ser removido de acuerdo con el instrumento del fideicomiso, por el tribunal por iniciativa propia o a petición de un fideicomitente, un cofiduciario o un beneficiario conforme al §17200. Revise primero el fideicomiso: muchos fideicomisos permiten que el fideicomitente, o una mayoría de los beneficiarios adultos, reemplace a un fiduciario sin acudir al tribunal. Hay un límite importante para las familias: mientras el fideicomitente de un fideicomiso revocable esté vivo y sea competente, los derechos de los beneficiarios le pertenecen al fideicomitente (§15800), y el §17200(a) está expresamente sujeto al §15800, por lo que un hijo adulto que solo es un beneficiario futuro generalmente no puede pedir que se remueva a su padre o madre como fiduciario del fideicomiso revocable propio de ese padre o madre.

Las causales de remoción por el tribunal del §15642(b) son:

  1. El fiduciario ha cometido un incumplimiento del fideicomiso.
  2. El fiduciario es insolvente o de otro modo no es idóneo para administrar el fideicomiso.
  3. La hostilidad o la falta de cooperación entre los cofiduciarios perjudica la administración del fideicomiso.
  4. El fiduciario no actúa o se niega a actuar.
  5. La compensación del fiduciario es excesiva según las circunstancias.
  6. El único fiduciario es una persona descrita en el §21380(a), como el redactor o un cuidador, a menos que el fideicomitente esté emparentado con esa persona, que un abogado independiente haya certificado la designación o que el tribunal determine que mantenerla es coherente con la intención del fideicomitente (vea arriba).
  7. Conforme a las reglas de capacidad del Probate Code §810 y siguientes, el fiduciario es sustancialmente incapaz de administrar los recursos financieros del fideicomiso o de cumplir de otro modo los deberes del cargo.
  8. El fiduciario es sustancialmente incapaz de resistir el fraude o la influencia indebida.
  9. Por otra causa justificada.

Los costos siguen al resultado en dos situaciones. Un fiduciario removido por la causal 6 asume todos los costos del procedimiento, incluidos los honorarios razonables de abogados (§15642(c)). Si el tribunal determina que una petición de remoción se presentó de mala fe y que la remoción sería contraria a la intención del fideicomitente, puede ordenar que quienes la presentaron asuman la totalidad o una parte de los costos (§15642(d)). Mientras una petición está pendiente, el tribunal puede ordenar que el fiduciario entregue los bienes del fideicomiso a un cofiduciario, a un síndico (receiver) o a un fiduciario temporal si de otro modo los bienes o el interés de un beneficiario podrían sufrir una pérdida (§15642(e)). La petición se presenta en el tribunal superior del condado donde se encuentra el lugar principal de administración del fideicomiso (§17005). En el condado de Los Angeles, la Local Rule 2.3 exige que los procedimientos de fideicomisos se presenten en el Distrito Central, que atiende los casos de probate en el Stanley Mosk Courthouse, en el centro de Los Angeles, con la excepción de que un fideicomiso cuyo fiduciario tenga su lugar principal de administración en el Distrito Norte puede presentarse allí.

Un beneficiario que quiere información en lugar de una remoción puede empezar con algo menor. La sección 17200(b) también permite que un beneficiario pida al tribunal que dé instrucciones al fiduciario o que lo obligue a rendir cuentas cuando una solicitud por escrito ha quedado sin respuesta durante 60 días y no se rindieron cuentas en los seis meses anteriores. Si el fideicomiso tiene una cláusula de no impugnación, lea nuestra guía sobre las cláusulas de no impugnación en los fideicomisos de California antes de presentar cualquier cosa.

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Nuestro living trust preparado por una abogada nombra a su fiduciario, al menos a dos sucesores en orden, cómo actúan los cofiduciarios y la prueba de incapacidad. $400 para una persona, $500 para una pareja casada; las escrituras cuestan $100 por propiedad.

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Preguntas sobre los fiduciarios

¿Qué es un fiduciario en California?

Un fiduciario es la persona o la compañía que tiene la titularidad legal de los bienes del fideicomiso y los administra conforme a los términos del fideicomiso. El Probate Code §84 dice que el término incluye a un fiduciario original, adicional o sucesor, haya sido o no nombrado o confirmado por un tribunal. En la mayoría de los living trusts de California, la persona que crea el fideicomiso es también el primer fiduciario.

¿Quién puede ser fiduciario sucesor en California?

Cualquier persona que el fideicomiso nombre y que acepte el cargo: un cónyuge, un hijo adulto, un amigo, un fiduciario profesional con licencia o una compañía fiduciaria. Una persona que actúa como fiduciario para cuatro o más personas al mismo tiempo, sin contar a sus propios parientes y contando como uno a los fideicomitentes emparentados entre sí, debe tener licencia de fiduciario profesional conforme al Business and Professions Code §§6501 y 6530; los abogados están exentos, y las compañías fiduciarias y los bancos asegurados por la FDIC quedan fuera de la definición.

¿Puede un fiduciario nombrado negarse a ejercer el cargo?

Sí. Ser nombrado no obliga a nadie. Una persona acepta firmando el fideicomiso o una aceptación por escrito, o actuando a sabiendas como fiduciario (Probate Code §15600). Un rechazo crea una vacante (§15643), que se cubre con la siguiente persona que nombra el fideicomiso, luego con una compañía fiduciaria en la que estén de acuerdo los beneficiarios adultos y luego por el tribunal (§15660).

¿Los cofiduciarios tienen que estar de acuerdo en todo?

Sí, a menos que el fideicomiso disponga otra cosa. El Probate Code §15620 dice que una facultad conferida a dos o más fiduciarios solo puede ejercerse por acción unánime. Si un cofiduciario no está disponible temporalmente, los demás pueden actuar cuando sea necesario para cumplir el fideicomiso o evitar un daño irreparable a los bienes del fideicomiso (§15622). Muchos fideicomisos permiten que los cofiduciarios actúen por mayoría o por sí solos, así que lea el fideicomiso.

¿Cómo se remueve a un fiduciario en California?

Siga la cláusula de remoción del propio fideicomiso, si la tiene. De lo contrario, un fideicomitente, un cofiduciario o un beneficiario presenta una petición ante el tribunal superior conforme al Probate Code §17200, y el tribunal puede remover al fiduciario por las causales del §15642, entre ellas el incumplimiento del fideicomiso, la falta de idoneidad, la hostilidad entre cofiduciarios que perjudica la administración, la falta de actuación y la compensación excesiva. Mientras el fideicomitente de un fideicomiso revocable esté vivo y sea competente, los derechos de los beneficiarios le pertenecen al fideicomitente (§15800).

¿Puede un fiduciario ser también beneficiario?

Sí. En un living trust típico de California, el fideicomitente es fiduciario y beneficiario en vida, y a menudo un hijo adulto es a la vez fiduciario sucesor y beneficiario. Aun así, el fiduciario debe seguir los términos del fideicomiso respecto de cada beneficiario, y toda facultad está sujeta a los deberes fiduciarios del fiduciario (Probate Code §16202).

¿Al fiduciario se le paga?

Si el fideicomiso fija la compensación del fiduciario, se le paga según lo que disponga el fideicomiso, aunque un tribunal puede autorizar más o menos en casos limitados, por ejemplo cuando la tarifa del fideicomiso sería inequitativa o irrazonablemente baja o alta (Probate Code §15680). Si el fideicomiso no dice nada, el fiduciario tiene derecho a una compensación razonable según las circunstancias (§15681). Los familiares a menudo renuncian a ella. Un tribunal puede remover a un fiduciario cuya compensación sea excesiva (§15642(b)(5)).

Guías relacionadas

Fuentes

Verificado el 6 de octubre de 2026. El texto de las leyes se leyó en california.public.law, que reproduce el texto de la Legislatura; los enlaces de abajo llevan a las páginas oficiales de leginfo.

  1. Probate Code §84 (definición de fiduciario) y §83 (definición de compañía fiduciaria)
  2. Probate Code §15400 (presunción de revocabilidad)
  3. Probate Code §15600 (aceptación por el fiduciario)
  4. Probate Code §15620, §15621 y §15622 (cofiduciarios)
  5. Probate Code §15640 (renuncia)
  6. Probate Code §15642 (remoción del fiduciario)
  7. Probate Code §15643 (vacantes) y §15644 (entrega de los bienes)
  8. Probate Code §15660 (cómo se cubre una vacante)
  9. Probate Code §15680 y §15681 (compensación del fiduciario)
  10. Probate Code §15800 (fideicomisos revocables)
  11. Probate Code §16200 (facultades generales) y §16202
  12. Facultades específicas del Probate Code: §16226, §16227, §16231, §16241, §16245, §16247, §16249
  13. Probate Code §17200 (peticiones sobre los asuntos internos de un fideicomiso)
  14. Probate Code §17005 (condado competente para los procedimientos de fideicomisos)
  15. Probate Code §18100.5 (certificación del fideicomiso)
  16. Probate Code §21380 (presunción de fraude o influencia indebida)
  17. Probate Code §10810 y §10800 (honorarios del abogado y del albacea establecidos por ley)
  18. Business and Professions Code §6501 y §6530 (Professional Fiduciaries Act)
  19. Professional Fiduciaries Bureau, California Department of Consumer Affairs (verificación de licencias)
  20. Local Rules del Los Angeles Superior Court, capítulo 2 (Rule 2.3, distritos de presentación para los procedimientos de probate y de fideicomisos)
  21. Probate Trusts, Superior Court of California, County of Santa Clara (autoayuda)
Vea también: Lista de deberes del fiduciario sucesor · Cómo crear un living trust · Fideicomiso revocable vs. irrevocable · Costo del living trust en California 2026
Abogada Rozsa Gyene

Revisión legal a cargo de

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